El principio de extraterritorialidad y el «caso vinicius Jr.»

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Lo primero que nos llama la atención cuando buscamos en Google «principio de extraterritorialidad y Vinicius Jr.» es que un montón de medios de comunicación se han hecho eco de las declaraciones del Ministro de Justicia del gobierno de Lula da Silva en Brasil.

El más llamativo es el que en el propio buscador de Google dice: «¿se puede aplicar el principio de extraterritorialidad en el caso de los ataques racistas contra Vinicius?». Y es que cuando se clica en la noticia, publicada en Infobae, no se encuentra respuesta a dicha pregunta. Sin duda,  es un titular clickbait. 

Pues bien, en caso de que el medio de comunicación quisiera realizar un artículo completo e informar adecuadamente al lector, debería completar la noticia acudiendo al art.7 del C.P brasileño. En este artículo se concretan las causas y circunstancias en que puede activarse dicho principio. Por tanto, nos dice si es aplicable al caso de Vinicius Jr. o no.

Respondiendo a la pregunta que nos lleva a clicar en el enlace de este medio, debemos decir que sí se puede aplicar dicho principio, pero los requisitos que se exigen son cumulativos, es decir, deben cumplirse las causas recogidas por el art. para que pueda activarse dicho art.7 y por tanto, el principio de extraterritorialidad.

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